Capturado exsoldado profesional por presunto falso positivo

El CTI de Aguachica capturó a Alexander Castillo Ortiz, de 34 años, exsoldado profesional, adscrito al batallón de Ocaña y natural de Puerto Wilches, Santander, por el presunto delito de homicidio por falso positivo.

Castillo Ortiz, fue detenido en la vereda La Cristalina, jurisdiccón del municipio de Puerto Wilches. La Fiscalía manifiesta, que Castillo el día 16 de noviembre del año 2002 en la vereda La Yeguerita, jurisdiccón del municipio de Aguachica, en compañía de un grupo de soldados profesionales dieron muerte al joven Omar Cuadros Galvis, haciéndolo pasar por guerrillero muerto en combate.

Fuentes del CTI, afirman que las investigaciones arrojaron que de acuerdo ala posición dle cuerpo de la víctima, la distancia y la ubicación del grupo de soldados, no hubo dicho enfrentamiento y que los soldados se encontraban en la parte alta donde dispararon contra la humanidad del joven Omar, de ocupación agricultor y residía en la vereda La Yeguerita.

Por este mismo hecho, falta materializar la captura de otros cinco militares que para la épca hacían parte de este grupo de soldados profesionales.

Con información de Joanpa.com y Radioguatapuri.com

Ver noticia original aquí  http://joanpa.com/news/2015/03/cti-aguachica-captura-exmilitar-del-ejercito-por-falso-positivo-en-el-ano-2002/

Directivos de La Voz de Aguachica piden al ministro de Comunicaciones no clausurar la estación radial

Ciudadanos se han extrañado debido al inesperado cierre de la emisora La voz de Aguachica por parte de la Agencia Nacional del Espectro ANE, por esta razón sus directivos han solicitado al Ministro de Comunicaciones una respuesta y buscar que la estación radial esté de unevo al aire.

Con una petición escrita, apoyada con más de 5 mil firmas de ciudadanos de Aguachica, donde se hace un recuento de la vida jurídica de la primera emisora fundada en la segunda ciudad del departamento del Cesar, abriendo sus puertas a nivel ministerial en 1970 y 4 años después fue adquirida por la Diócesis de Ocaña, quien todavía el medio de comunicación es de su propiedad.

En la misiva se expresa que no comprende el por qué de la cancelación de la licencia de funcionamiento, haciendo caso omiso al sentir poblacional y que no se concibe que cuando actualmente se habla d epaz en la agenda del presidente Juan Manuel Santos, es inconsecuente y poco conveniente apagar la voz, de una estación radial, que ha acompañado los procesos de paz de Aguachica y el Sur del Cesar, y para ello se prueba en los registros de archivos promoción, difusión y organización de la Consulta Popular por la Paz, única en el País y realizada en Aguachica el 27 de Agosto de 1995.

El padre Jehinson Raúl Quintero Muriel, gerente de la emisora, ha inidcado que todo obedece al cambio de fecuencia que se realizó bajo la autorización del ingeniero, José Genaldo Céspedes Clavijo, jefe encargado de la División de Radio del Ministerio de Comunicaciones de Colombia, quein mediante un documento escrito permitió trasladar la frecuencia al dial 1330, porque en los 1500 autorizados al prinicpio, ocasionaban interferencias con otra emisora colega lozalizada en el departamento de Santander, en ese entonces también se ordenó pasar de 1 a 5 kilovatios de potencia.

Quintero Muriel, anunció que el camino para solucionar este inconveniente, es que Diego Molano Vega, Ministro de las Comunicaciones, profiera a revocar la licencia de funcionamiento, que obligó al cierre inmediato de La Voz de Aguachica.

Por este motivo y para agilizar los trámites, se está gestionando una reunión con el ministro Molano Vega en los próximos días, para agotar los recursos e instancias posibles y así recuperar un medio de comunicación insignia en toda la región.

Alcaldía prorroga decreto sobre movilidad en Aguachica

decreto para subir

Con el objetivo de continuar desarrollando control sobre la movilidad en el casco urbano del municipio de Aguachica, para disminuir los índices de accidentalidad, la administración municipal prorroga en los mismos términos y por vigencia de tres meses el decreto 644 del 4 de diciembre de 2014, «por medio del cual se dictan medidas de restricción y control vehicular para prevenir la accidentalidad y garantizar una movilidad segura en el municipio de Aguachica, cesar».

Con el decreto 117 se prorroga entonces el decreto 644 por tres meses más, manteniéndose la restircción del parrillero en moto los días lunes, miércoles y viernes de 8:30 AM a 12: 00 PM y de 2:00 PM a 5:30 PM, y quedando el último miércoles de cada mes como día sin circulación de motociletas.

DECRETO No.117
(Marzo 3 de 2015)
POR MEDIO DEL CUAL SE PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO 644 DEL 4 DE DICIEMBRE DE 2014

EL ALCALDE ENCARGADO DEL MUNICIPIO DE AGUACHICA-CESAR, En Ejercicio De sus Atribuciones Legales Y En Especial Las Conferidas Por El Articulo 315 C.N. Artículo 91 Literal B Numeral 2 Ley 136 De 1994 Y Decreto 4116 De 2008.

CONSIDERANDO:

1. -Es deber del Alcalde como primera autoridad del Municipio y dentro de las funciones asignadas se consagra dictar medidas necesarias para el garantizar y preservar la vida y seguridad de los ciudadanos.

2. En desarrollo de lo dispuesto por el artículo 24 de la Constitución Política, todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, pero está sujeto a la intervención y reglamentación de las autoridades para garantía de la segundad y comodidad de los habitantes, especialmente de los peatones y de los discapacitados físicos y mentales, para la preservación de un ambiente sano Y la protección del uso común del espacio público.

3. En materia de tránsito terrestre, la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito Terrestre establece en su artículo 6 parágrafo 39 “que los alcaldes dentro de su respectiva jurisdicción es autoridad de Transito y deberán expedir las normas tomar las medidas necesarias para el mejor ordenamiento del tránsito de personas, animales, vehículos, todo con sujeción a la normatividad vigente.”

4.Que el Gobierno Nacional expidió el decreto 2961 de 2006 por cl cual se dictan medidas para controlar la prestación de servicio público de transporte en motocicletas previsto literal d del artículo 131 del Código Nacional de Transito.

5. Que el Gobierno Nacional mediante el decreto No 4116 de 2008 modifico el artículo primero (1) del decreto 2961 de 2006 disponiendo que en los municipios o distritos donde la autoridad Municipal verifique que se está desarrollando la modalidad ilegal de servicio público de transporte de pasajeros utilizando la movilización de personas en motocicletas, dicha autoridad deberá tomar las medidas necesarias para restringir la circulación de acompañantes o parrilleros por zonas de su jurisdicción o en horarios especiales, de acuerdo con la necesidad. Dichas medidas se tomaran por periodos iguales o inferiores a un año.

6. Que el Alcalde Municipal de Aguachica con fecha 4 de diciembre del 2014, dicto el DECRETO 644 DE DICIEMBRE 04 de 2014 ” POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN MEDIDAS DE RESTRICCION Y CONTROL VEHICULAR PARA PREVENIR LA ACCIDENTALIDAD Y GARANTIZAR UNA MOVILIDAD SEGURA EN EL MUNICIPIO DE AGUACHICA-CESAR, con la finalidad de tomar medidas para la movilidad en el municipio debido al alto flujo vehicular y al transporte informal por medio de motocicletas que se presta en el municipio, el cual conforme a su capítulo octavo cuenta con una vigencia de tres (3) meses a partir de su promulgación, el cual vence el próximo 4 de Marzo de 2015.

7. Que para someter a consideración publica asuntos como los que son materia de movilidad, el ejecutivo Municipal formuló ante el Concejo de Aguachica — Cesar, proyecto de Acuerdo “POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA COMISIÓN MUNICIPAL DE TRÁNSITO Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE AGUACHICA – CESAR SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”, el cual se encuentra debidamente Sancionado, pero los miembros del comité no han podido sesionar debido a la ausencia de uno de sus miembros correspondiente al representante de los motociclistas, el cual no ha sido designado por la agrupación.

Por lo anterior el decreto de movilidad No 644 del 4 de diciembre 2014, será prorrogado por tres (3) meses,

Por lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR en los mismos términos y por vigencia de TRES (3) meses el DECRETO 644 DE DICIEMBRE 04 de 2014 ” POR MEDIO DEL CUAL SE DICTAN MEDIDAS DE RESTRICCION Y CONTROL VEHICULAR PARA PREVENIR LA ACCIDENTALIDAD Y GARANTIZAR UNA MOVILIDAD SEGURA EN EL MUNICIPIO DE AGUACHICA-CESAR”.

ARTICULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir del día CUATRO (04) del mes MARZO de 2015 su vigencia será hasta el CUATRO 04 JUNIO de 2015.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Aguachica- Cesar a los TRES (03) días del mes de MARZO de dos mil quince (2015).
LUIS DAVID CASELLES RODRIGUEZ

ALCALDE MUNICIPAL ENCARGADO

Vea el decreto 117 en PDF en el siguiente enlace: https://docs.google.com/file/d/0B-UNQD-taxf8enNtOFowTEpxdFE/edit

LUIS DAVID CASELLES RODRIGUEZ

ALCALDE MUNICIPAL ENCARGADO